A través del dictado de la Resolución 6/2019 con fecha 30/08/2019 y publicada en el Boletín Oficial el 02/09/2019, el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL fijo un incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del ESTADO NACIONAL que actúe como empleador, el cual se efectuara de la siguiente forma:
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- A partir del 1° de agosto de 2019, en $ 14.125,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de $ 70,62 por hora para los trabajadores jornalizados.
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- A partir del 1° de septiembre de 2019, en $ 15.625,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de $ 78,12 por hora para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 1° de octubre de 2019, en $ 16.875,00 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de $ 84,37 por hora para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, se incrementan los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo, fijándose las siguientes sumas:
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- A partir del 1° de agosto de 2019, en $ 3.285,51 y $ 5.256,83 respectivamente.
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- A partir del 1° de septiembre de 2019, en $3.634,41 y $5.815,08 respectivamente.
- A partir del 1° de octubre de 2019, en $ 3.925,17 y $ 6.280,28 respectivamente.
Si tenés más dudas sobre las modificaciones introducidas por la Resolución 6/2019 podes consultar a nuestros abogados laborales aquí.