Salarios no registrados: Consecuencias legales y jurisprudencia tras la Ley 27.742

Consecuencias legales y jurisprudencia tras la Ley 27.742

La sanción de la Ley de Bases modificó el régimen sancionatorio laboral al derogar las multas e indemnizaciones tarifadas que se aplicaban ante supuestos de falta de registración o registración deficiente. No obstante, esta modificación normativa no altera el carácter remunerativo del salario ni exime de las responsabilidades derivadas del cumplimiento del contrato de trabajo.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo precisó recientemente el marco aplicable a los pagos no registrados, ratificando que continúan generando el derecho a percibir diferencias salariales, previsionales e indemnizatorias. Asimismo, delimitó el estándar probatorio exigido para la procedencia de reclamos adicionales por daños y perjuicios.

El precedente judicial: «Norgeot c/ Pragtia S.R.L.»

En los autos caratulados “Norgeot, Claudia Soledad c/ Pragtia S.R.L. s/ despido”, se analizó un esquema en el cual la dependiente percibía una fracción de sus haberes formalmente y otra suma en efectivo sin documentar.

  • Naturaleza de los pagos: Las sumas no registradas respondían a conceptos como presentismo, puntualidad y rendimiento operativo.
  • Evaluación de la prueba: Cuatro declaraciones testimoniales de dependientes y exempleados coincidieron en los montos, la habitualidad de la entrega del dinero en efectivo y los responsables de efectuar los pagos en el establecimiento.
  • Resolución de la Cámara:  El tribunal consideró demostrada la percepción irregular de una suma fija mensual ($250.000) y ordenó reliquidar los rubros salariales e indemnizatorios computando dicho importe dentro de la base de cálculo legal.

Viabilidad de reclamos por daños y perjuicios

A partir de la eliminación de las multas fijadas por la normativa anterior, los reclamos por deficiencias de registración se canalizan bajo las normas del derecho de daños del Código Civil y Comercial.

Para que una pretensión indemnizatoria adicional resulte procedente, los tribunales exigen cumplir con una carga argumentativa y probatoria rigurosa:

  1. Individualización del perjuicio: Demostrar de manera puntual el daño material o extrapatrimonial sufrido.
  2. Relación de causalidad: Probar el nexo directo entre la falta de registración y el perjuicio alegado.
  3. Determinación patrimonial: Aportar parámetros objetivos para la cuantificación económica del resarcimiento.

Conclusiones

En el caso Norgeot, la pretensión por daños y perjuicios fue rechazada debido a que la demanda presentó formulaciones doctrinarias generales sin acreditar un perjuicio específico derivado de la conducta imputada. Esto confirma que, si bien la diferencia salarial se reconoce al probarse el pago, la indemnización por daño no procede de forma automática.

La desregulación en materia de multas laborales no convalida  el pago de remuneraciones  por fuera del recibo de haberes, pero los tribunales en los  reclamos  por daños y perjuicios generados por la falta o errónea registración  exigen  un estándar probatorio estricto y diferenciado.

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