Decreto 633/2018: Sumas no remunerativas

decreto 633 2018

A partir del 10 de agosto comenzará a regir el Decreto 633/2018, el cual establece que el Ministerio de Trabajo ya no aceptará sumas no remunerativas en los acuerdos salariales, alcanzando tanto al sector privado como público. Dichos importes están excluidos de los aportes y contribuciones a la seguridad social.

Disposición del decreto 633/2018

Según lo dispuesto por el Decreto 633/2018, el Ministerio de Trabajo «no dará curso, ni homologará o registrará, en el marco del procedimiento de negociación colectiva previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), aquellos convenios colectivos de trabajo y/o acuerdos con similares efectos que contengan sumas o conceptos de naturaleza salarial sobre los que las partes acuerden otorgarle carácter no remunerativo».

Excepción del decreto 633/2018

La excepción serán los beneficios sociales otorgados por el empleador como por ej. servicios de comedor, reintegros de gastos médicos, ropa de trabajo, gastos de guardería, útiles escolares y guardapolvos, cursos o seminarios de capacitación, gastos de sepelio, viáticos y las compensaciones por suspensiones por falta de trabajo no atribuible al empleador, entre otros.

A saber, semanas atrás, los gastronómicos cerraron una suba del 25% en dos tramos, junto con un monto fijo de $2.000 sin cargas sociales. Similar situación se dio con las Fuerzas Armadas, que se les otorgó un 8% de aumento y dos sumas fijas no remunerativas de $2.000 en junio y $2.500 en julio.
Por otra parte, los empleados estatales nucleados en UPCN acordaron en junio un 15% en tres cuotas, con un bono único y no remunerativo de $2.000 en junio, una cláusula de revisión prevista para marzo de 2019 y un compromiso de que no haya cesantías por dos meses.

En este escenario, los acuerdos salariales que aún no hayan sido homologados para el 10 de agosto, y contengan importes excluidos de la seguridad social podrían quedar trabados.

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