El reciente Decreto N° 1043/2018, dictado por el Poder Ejecutivo, establece el pago de una Asignación No Remunerativa para los trabajadores del sector privado, como así también establece un procedimiento previo para los despidos sin causa.
Puntos más importantes del Decreto N° 1043/2018
Aquí los puntos más importantes a tener en cuenta de la aplicación de la Asignación No Remunerativa para los trabajadores del sector privado:
- Comenzó a regir el 1 de noviembre de 2018.
- Aplicable para todos los trabajadores del sector privado.
- Monto $5.000, en dos cuotas iguales junto al salario de noviembre de 2018 y enero de 2019.
- El pago será proporcional cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.
- Actividades y Sectores en crisis podrán adecuar los plazos y montos.
- Se establece un régimen de absorción para aquellas actividades que hayan pactado un incremento salarial en concepto de revisión salarial complementaria a la negociación colectiva del 2018.
- Asimismo, los empleadores que hubieren otorgado incrementos sobre salarios desde el 1/01/18 podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total.
- Las nuevas negociaciones colectivas que se celebren para instrumentar sumas en concepto de “revisión salarial” podrán tomar en cuenta el monto de la Asignación.
- Excluidos: Trabajadores agrarios y trabajadores de casas particulares.
La prestación es no remunerativa, yendo en contra del Decreto N° 633/2018 del PE -julio de 2018- el cual prohibió las sumas no remunerativas desde el 8 de agosto de 2018 para todo lo que se pacte a través de los convenios colectivos. Por ello el Ministerio de Producción y Trabajo no homologara ni registrara aquellos convenios colectivos de trabajo y/o acuerdos con similares efectos que contengan sumas con carácter no remunerativo.
El decreto hace referencia a la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Convenios Colectivos, siendo que ninguna de ellas le otorga facultades al Poder Ejecutivo para establecer aumentos salariales obligatorios.
Asimismo, la jurisprudencia de la Corte Suprema, ha declarado la inconstitucionalidad de los Decretos de Necesidad y Urgencia que establecen aumentos salariales no remunerativos obligatorios. Puntualmente en el fallo de la CSJN del 19/05/10 “González Martín Nicolás c/ Polimat S.A. y otro” resolvió la inconstitucionalidad de los Decretos Nacionales 1273/02, 2641/02 y 905/03, en cuanto dispusieron que los trabajadores del sector privado comprendidos en convenciones colectivas de trabajo -con excepción de los agrarios y los del servicio doméstico- debían percibir de su empleador una “asignación mensual no remunerativa de carácter alimentario”.
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