Bono para trabajadores

bono trabajadores ramat laborales

Finalmente se publicó el decreto 438/2023 en el Boletín Oficial el 30 de Agosto de
2023, por medio del cual se reglamenta la asignación no remunerativa por única vez para
trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos
del Poder Ejecutivo Nacional y en el régimen de contrato de trabajo para el personal de
casas particulares.

Sector privado

Se fija una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en
relación de dependencia en el sector privado, de $60.000, que será abonada por los sujetos
empleadores en DOS (2) cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de
agosto y septiembre de 2023.

Personal de casas particulares
Se fija una asignación no remunerativa de $25.000, que será abonada por los sujetos
empleadores en 2 cuotas de $12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y
septiembre de 2023.

Proporcionalidad
Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los
trabajadores percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional.

Tope
Se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos
remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de
2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional.

Aumentos salariales
Las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos
salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones
Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.

Mypime: Computo a cuenta del pago de contribuciones patronales
Las empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán computar a cuenta
del pago de sus contribuciones patronales declaradas, las sumas abonadas, conforme a los
siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías de MiPyME:

  • Micro: 100 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
  • Pequeña: 50 % del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.


Los reintegros serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la
asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las
contribuciones patronales declaradas

Empleadoras de Personal de Casas Particulares: reintegro
Aquellos empleadores del personal de Casas Particulares, que no fueren alcanzados
por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido
ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000 y que hubieren
abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa podrán solicitar el
reintegro de hasta el 50 % de lo abonado.

Plazo de pago

  • 1era cuota: correspondiente al salario devengado del mes de agosto de 2023, se efectuará dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023.
  • 2da cuota: correspondiente al salario devengado del mes de septiembre de 2023 deberá ser abonada en los términos de la normativa legal vigente.

Si querés conocer más sobre el tema podes comunicarte con nuestros abogados laborales al
número 1138513651, o acceder al decreto completo ingresando aquí.

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