Fallo Judicial: Registración laboral Ley 24.013

relacion laboral

Un reciente fallo de fecha 17/11/2022 dictado por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del trabajo ( CNAT), en expediente “Quirno Travers, Eduardo Jorge c/ Asociación Civil Jockey Club s/despido” no hizo lugar al despido indirecto en que se colocó el trabajador por considerarlo injustificado. 

El reclamo consistía en un trabajador que, en el año 2015, intimó por telegrama laboral a su empleadora la registración de la relación laboral en el marco de la ley 24.013, denunciando haber ingresado a trabajar en noviembre de 1982. Frente a dicha intimación, la empresa respondió mediante carta documento informando que procedería a registrar la relación y lo intimó a que se reincorpore a su puesto de trabajo. 

El trabajador no concurrió a su trabajo, y se consideró despedido e injuriado, no habiendo vencido aun el plazo de intimación de 30 días previsto por la Ley 24.013.  La CNAT considero que el trabajador violó los principios de buena fe y continuidad del vínculo, al haber imposibilitado que la empresa lo registre correctamente no concurriendo a su puesto de trabajo.


La CNAT resolvió …“…En estas condiciones, no podía considerarse, como justa causa de despido el transcurso de un plazo superior a 30 días, para que la accionada registre la relación laboral, cuando el propio trabajador reconoció no haber concurrido a trabajar después de su intimación, lo que se tradujo en la imposibilidad cierta de completar la documentación necesaria para tal fin. Dicho ello sin soslayar que el actor se le había dado el alta temprana en la AFIP. Estimo que el actor, en cuanto a esta causa, no obró de conformidad con el principio de buena fe y prefirió privilegiar la ruptura del contrato de forma absolutamente innecesaria pues su empleadora ya había dado los pasos necesarios para cumplir con su requerimiento…”

Es importante el caso de análisis para tener en cuenta que cuando hay falta de registración laboral o errónea registración, y se intima por la ley 24.013, si la parte empleadora procede a informar que realizara  la registración requerida, el trabajador debe reincorporarse a su puesto de trabajo y colaborar con el proceso aportando todos los datos y documentación necesaria para realizar el trámite de registración. 

Últimas noticias

bono trabajadores ramat laborales

Bono para trabajadores

Finalmente se publicó el decreto 438/2023 en el Boletín Oficial el 30 de Agosto de2023, por medio del cual se reglamenta la asignación no remunerativa por única vez paratrabajadores en...

Leer más